En mérito de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA a la penada, CARVAJALINO ANA DIVA, titular de la Cédula de Identidad 81.888.110, el permiso de salida del Centro de Tratamiento Comunitario Rafael Antonio Ochoa Castro, por no estar dentro de las situaciones establecidas en la Ley de Régimen Penitenciario en su articulo 62.