Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONCEDE EL CONFINAMIENTO al penado, JAIRO ALEXANDER LOPEZ RIOS, de 26 años de Edad, Estado Civil Soltero, de profesión o oficio latonero, portador de la Cedula de Identidad N° 19.706.701, hijo de JUDITH RIOS Y JAIRO LOPEZ, quien queda confinado en El Mojan Sector Chinita l Parroquia San Rafael, todo de conformidad con los artículos 20 y 53 del Código Penal. Emítase boleta de Excarcelación a la Cárcel Nacional de Maracaibo, por cuanto el penado esta recluido en ese recinto penitenciario, ofíciese al Jefe de la Intendencia de Seguridad Parroquia San Rafael, a los fines de notificarle que el penado beneficiado deberá presentarse por ante esa dependencia a su cargo con la frecuencia que dicho intendente indique, ofíciese a la Cárcel Nacional de Maracaibo, notifíquese a.....