DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, POR CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS, en favor del penado ERWIN RAMÓN GONZALEZ GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, titular de la Cedula de Identidad N° V-13.003.264, mayor de edad, de profesión u oficio Vigilante, residenciado en Santa Cruz de Mara, después del peaje, Sector 21, casa S/N a tres cuadras del Abasto el Cuvi, Municipio Mara Estado Zulia, de conformidad con los establecido en el articulo 105 del Código Penal, toda vez que el cumplimiento de las obligaciones impuestas al referido penado, equivale al cumplimiento de la condena, lo cual produce como consecuencia jurídica la Extinción de la Responsabilidad Criminal.