Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados este Tribunal Segundo de control de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA. Primero: SIN LUGAR la solicitud presentada y se NIEGA la entrega del vehículo signado con las siguientes características: Marca: Mercedes Benz, modelo: S-320, Serial de Carrocería: WDBGA32E6RA185344, Serial del motor: 6 Cilindros, Año. 94, al solicitante el ciudadano: RAFAEL GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.742.786, y residenciado en la Calle Libertador panadería Grill, Barrio Izate de Tucacas, Municipio Silva del estado Falcón, asistido en este acto por el Abogado FREDDY BRUZUAL, por cuanto el Tribunal Superior de Hacienda ha determinado que trata del delito de Contrabando, decretando Medida de embargo Preventivo sobre el bien /vehículo o mercancía retenida solicitado, todo de conformidad con lo estab.....