Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Segundo de Control del circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano: SIMON ESTEBAN JIMÉNEZ CORDERO, venezolano, mayor de edad, residenciado en la Urbanización Cruz Verde, Sector 6, calle 2,entre veredas 9 y 12, casa N° 02. de esta ciudad, titular de la Cédula de Identidad 5291077, de profesión vigilante, soltero, nacido en fecha 24/07/59, a cumplir la Pena de Dos (02) años y Seis (06) meses de Prisión por la Comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado contemplado en el artículo 31, tercer aparte de la Ley Contra el Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Quedan notificadas las partes en la Audiencia por estar presentes. Remítase el presente asunto al respectivo Juez de Ejecución en su debida oportunidad. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en Santa de.....