En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECRETA: PRIMERO: Con lugar la solicitud Fiscal y otorga LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado GUSTAVO JOSE COLINA SANGRONIS, (plenamente identificado), por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el articulo 277 ejusdem, en perjuicio de la ciudadana ANAIS ISABEL PINEDA LÓPEZ y el ESTADO VENEZOLANO, todo por encontrarse llenos los requisitos del artículo 250, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud de nulidad de la cadena de custodia invocada por la Defensa, así como la solicitud de la imposición de una medida menos gravosa para el imputado. TERCERO: Se DECRETA, a solicitud del Ministerio Públi.....