Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en función de Segundo de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud fiscal de la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los ciudadanos CRISTIAN ADHAEL COLINA PINEDA, RAMON ANTONIO ROJAS NAVARRO Y CLAUDINA MARGARITA CHIRINOS POLANCO, por encontrarse incurso en la presunta comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR establecido en el Articulo 3 y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR establecido en el articulo 9 ambos delito tipificados en la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehiculo Automotor y AGAVILLAMIENTO establecido en el Articulo 286 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los Artículos 236, 237 y 238 todos del Código Orgánico Procesal Penal, pero se establece como sitio de reclusión la Residencia que los imputados indicaron y la cual .....