este Tribunal Cuarto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón RESUELVE: ÚNICO: Se declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Abg. EURO COLINA, en su condición de Defensor Privado del ciudadano JHORGERT ESGARDY MARQUEZ CHIRINO, en relación a la diligencia de Reconocimiento en Rueda de Individuos, prevista en el artículo 216 del Código Orgánico Procesal Penal con el ciudadano LEONARD GONZALEZ como testigo reconocedor toda vez que precluyó la fase de investigación con la presentación de la acusación fiscal en fecha 31/7/2014 dentro del lapso previsto en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal y por evidenciarse de autos que la víctima presencio la aprehensión del imputado