este Tribunal Cuarto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal, por lo que se decreta al ciudadano JESUS MANUEL CHIRINOS CAMACARO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-26.991.641, la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES conforme a los artículo 8, 9 y 234 del COPP. SEGUNDO: Se decreta al ciudadano JESUS MANUEL CHIRINOS CAMACARO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-26.991.641, LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, con un régimen de prueba de TRES (03) MESES, conforme a lo establecido en el artículo 361 del COPP y se le imponen las siguientes condiciones como reparación al daño causado: LABORES DE LIMPIEZA SEMANAL EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE CORO, ESTADO FALCON Y MANTENERME ACTIVO EN SUS ESTUDIOS