Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control con sede en Coro, estado Falcón, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve: PRIMERO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA DEL ESCRITO ACUSATORIO conforme a los artículos 174 y 175 ambos del texto adjetivo penal, interpuesto por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público en fecha 18/05/2015 contra los ciudadanos JESUS ENRIQUEZ SUAREZ GERALDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7483251, NEPWIL JOSE LACLE CALDERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15704802 y ZULAY JOSEFINA CHIRINOS ANDAZOL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5296392, por la presunta comisión del delito de PECULADO DOLOSO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 54 de la Ley contra la Corrupción en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, toda vez que se constata VIOLACIÓN AL DERECHO A LA DEFENSA conforme al artícul.....