Por cuanto en fecha tres (03) de octubre de 2012, se recibió del Abg. David Antonio Gauna Hurtado, escrito constante de seis (6) folios útiles contentivos de Solicitud de Amparo Constitucional en contra de la Comunidad Penitenciaria de la ciudad de Coro, Estado Falcón, en vías de omisión negligente y dolosa al no realizar dicha institución, los traslados médicos que amerita su defendido ROMER ANTONIO GAUNA HURTADO, ya que presentaba problemas de salud hasta las Instalaciones del Hospital Universitario Dr. Alfredo Van Grieten, tal y como lo había ordenado de manera reiterada a través de diferentes ordenes judiciales los tribunales primero de control, así como el tribunal segundo de juicio de esta circunscripción judicial del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, lo cual dio pie al ejercicio de la acción de Amparo Constitucional, establecida en nuestra Carta Magna y en la Ley de Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales por parte de la representación de la defensa .....