Por lo anterior expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479, 500 y 510 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE LIBERTAD CONDICIONAL, al penado WILLIAM JUSUE GONZALEZ LÓPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.425.310; hasta que se extinga la pena en fecha 27/04/2009; a quien se le imponen las siguientes condiciones: “Debe Recibir orientación a fin que no se involucre en un nuevo hecho al margen de la Ley. Debe ubicarse en un trabajo, debiendo presentar constancia ante el delegado de prueba. Debe recibir orientación guiada hacia un mayor crecimiento personal y social. No debe portar armas de ningún tipo. No debe acudir a sitios donde expendan licor o sustancias estupe.....