Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo penal, en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley COVIERTE EL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR al penado: EDUAR JOSE SUAREZ ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad nro. 16.322.808 DE NUEVE (09) DIAS Y ONCE (11) MESES, con el aumento de la tercera parte, siendo la tercera parte de la pena que le queda por cumplir: VEINTITRES (23) DIAS Y TRES (03) MESES, TOTALIZANDO EL RESTO DE LA PENA QUE LE QUEDA POR CUMPLIR CON EL AUMENTO DE LA TERCERA PARTE: UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS, PENA QUE EXTINGUE: EN FECHA 07-05 2008, EN CONFINAMIENTO, mas las penas accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal Venezolano, confinamiento que cumplirá en la siguiente dirección: El Roble, calle 3 con carrera 5, nro. 30-30, de la ciudad de Carora, Estado Lara, teléfono 0252-4219517, casa de la ciudadana Marisela del Carm.....