/Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley Declara de oficio LA PRESCRIPCION DE LA PENA de CINCO (05) AÑOS de presidio, por la comisión del delito de ROBO GENERICO Y LESIONES PERSONALES DE CARÁCTER LEVE, previstos y sancionados en los artículos 457 y 418 del Código Penal Venezolano, impuesta por el el suprimido Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara al penado LUIS ANGEL DURAN, titular de la cédula de identidad nro. 8.452.154.- Notifíquese a la defensa, penado y la Fiscalía Décimo Tercera del Ministerio Público.- Archívese el presente asunto para su conservación.-Regístrese.- Cúmplase.