El ciudadano EDILCIO RAFAEL RODRÍGUEZ GARCÍA, titular de la Cedula de Identidad N° 15.667.985, venezolano, de 27 años de edad, nacido en Barquisimeto Estado Lara el 09.04.82, bachiller, hijo de Edilcio Rodríguez y de Yolanda García, residenciado en Urbanización Rafael Caldera, segunda etapa, Avenida 02 con calle 03, casa Nº 281, Barquisimeto Estado Lara; fue sentenciado por el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estadio Lara, mediante el procedimiento de ADMISIÓN DE LOS HECHOS, a cumplir la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN, mas las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor.
El penado fue detenido preventivamente en fecha 01.05.08, y el 03.05.08, se le otorgó la medida cautelar de presentaciones, para un lapso de 02 días, en la causa N° KP01-P-2009-00713.....