Este Tribunal declara CON LUGAR la solicitud de aprehensión en flagrancia de los imputados COLMENARES MAXIMO GALDINO, PEREIRA HENRY RAMON, PALENCIA GUSTAVO ADOLFO, RONDON B. NELSON ANTONIO Y MORALES HERNÁNDEZ JORGE LUIS de conformidad con el Art. 248 del C.O.P.P, éste Tribunal no tiene materia sobre la cual decidir en cuanto a lo solicitado por la defensa de que se declare la nulidad de la suspensión de la audiencia fijada para el día de ayer 08-05-04 por cuanto en el mismo acto de suspensión de ésta explicó las razones por las cuales suspendía la misma, de conformidad con el primer aparte del Art. 373 del C.O.P.P, éste Tribunal ordena que la misma se continúe por los trámites del procedimiento ordinario, se decreta medida judicial preventiva de privación de libertad, al ciudadano JORGE LUIS HERNANDEZ MORALES, cédula de identidad N° 17.696.485, éste Tribunal les impone una medida cautelar sustitutiva de privación de Libertad a los imputados COLMENARES MAXIMO GALDINO, portador de.....