Se acuerda a favor de los acusados DANIEL EDUARDO SANTELIZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.440.666, natural de Carora, Estado Lara, fecha de nacimiento 23-08-84, edad 28 años, estado civil: soltero, Grado de Instrucción: 4º año, de profesión u oficio: mecánico automotriz, domiciliado en urbanización el roble, calle 10, carrera 02, a una cuadra de la cruz de mayo, casa nº 66-73 Carora, Municipio Torres del Estado Lara, Teléfono: 0252 - 4214104 y 0426-7337016, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionad en el artículo 413 del código penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, la medida de Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de prueba de ocho (08) meses, conforme al artículo 361 y 45 del COPP, contado a partir de la primera presentación ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario con sede en este estado, conforme a los artículos 43, 354 y 359 del Código Orgánico Procesal Pen.....