DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, decreta: PRIMERO: La Declinatoria de Competencia para conocer de la presente causa, al Juzgado de Control de la ciudad de Barcelona Estado Anzoátegui, que le corresponda conocer la causa llevada por referido Tribunal, por el delito de Lesiones. SEGUNDO: Colóquese a la orden del referido Juzgado al ciudadano: SEGUNDO VITALI HERNANDEZ ADRIANZA, VENEZOLANO, NATURAL DE ESTA CIUDAD, DE 26 AÑOS DE EDAD, FECHA DE NACIMIENTO 18-04-82, SOLTERO, PROFESIÓN U OFICIO OBRERO, RESIDENCIADO EN EL SECTOR LAJAS AZULES, EN LA CALLE VARGAS CON MARACAY, CASA S7N, CARORA, ESTADO LARA, en virtud de la solicitud según oficio 485, de fecha 04-03-08, por la Sub-Delegación de Puerto La Cruz, por el delito de Lesiones, ante el cual debe ser trasladado en el término de la distancia, a cuyo efecto se acuerda oficiar al Cuerpo de.....