En cuanto el Capitulo II de las Documentales donde da por reproducidos: 1) el contenido del escrito de intimación inserto en el presente expediente y 2) El contenido del escrito de Contestación consignado en fecha 24-05-2016, este Tribunal las admite de conformidad con lo señalado en el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en la ciudad de Puerto Cabello el primer día del mes de julio de 2016, siendo las 11:54 de la mañana. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
Publíquese, regístrese, anótese en los libros respectivos y déjese copia para el copiador de sentencias.
La Juez Provisoria
Abogada Marisol Hidalgo García
La Secretaria
Abog. Yuraima Josefa Escobar Ortega
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, previas formalidades de ley.
La Secretaria
Abog. Yuraima Josefa Escobar Ortega