Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la Perención, en consecuencia la extinción del proceso en la demanda por Resolución de Contrato, interpuesta por el ciudadano Héctor Gustavo Villamizar, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nro. 5.684.768, y de este domicilio, en su carácter de Presidente y Representante Legal de la Asociación Civil OCV Bolivariana Los Luchadores, asistido por el abogado José Luís Contreras Quevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 30.833, contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES BROALCA, C.A, en la persona de su Gerente General ciudadano ANICETO BROVEDANI TOSONI, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nro. E-81.420.667. Se ordena la .....