FIJACIÓN DE AUDIENCIA ORAL
De conformidad con el artículo 869 del Código de Procedimiento Civil, se fija la audiencia oral y pública para el vigésimo quinto (25) día de despacho, siguiente al presente a las 10 de la mañana.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en Puerto Cabello, a los diecisiete días del mes de marzo de 2014, siendo las 12:22 de la tarde. Año 205° de la Independencia y 157° de la Federación. Regístrese, publíquese, y déjese copia para el copiador de sentencias.
La Jueza Provisoria
Abogada Marisol Hidalgo García
La Secretaria
Abogada Yuraima Escobar Ortega
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
Abogada Yuraima Escobar Ortega