Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, Marítimo y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara SIN LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano JUAN FRANCISCO MIJARES ESCALONA, asistido de la Abogada LISETH MARQUEZ contra las ciudadanas ANERQUIS JOSEFINA MORGADO QUIROZ y AMBAR CAROLINA MARQUEZ UTRERA por INTERDICTO RESTITUTORIO.-
En consecuencia, se REVOCA la medida de Secuestro decretada en fecha 21/06/2005 y practica por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto cabello y Juan José Mora de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, en fecha 25/07/2005 (fls. 24 al 26); en tal virtud ofíciese lo conducente al ciudadano Representante Legal de la Depositaria Judicial Venezuela.-