Por todo lo expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil decreta medida de embargo preventivo sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada de autos ciudadano Gilberto José Capriles Meza, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. 11.104.147, en el juicio por Cobro de Bolívares vía Intimación, interpuesto en su contra por el abogado Ybrain Villegas Polanco, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.165.582, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61.340, actuando en su propio nombre y representación, hasta cubrir la suma liquida de Un Millón Doscientos Once Mil Doscientos Noventa y Un Bolívares con Sesenta Céntimos (Bs......