Por lo tanto, este Juzgado Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, imparte la correspondiente homologación al desistimiento efectuado por la ciudadana Claudia Yarlin Almarza de Mendoza. En consecuencia, se declara cosa juzgada el juicio por Reivindicación, interpuesto por la ciudadana Claudia Yarlin Almarza de Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.742.028, de este domicilio, contra el ciudadano Amilcar José Almarza Colina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.603.327. Se declara terminado el juicio, y se ordena la devolución de los documentos originales a quien corresponda y el archivo del expediente.
Dada, firmada y sellada e.....