CAPITULO III
DECISIÓN
Con fundamento en los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara conforme a los autos firme el decreto de intimación de fecha 24 de noviembre de 2015, en consecuencia, la ejecución forzosa. En tal sentido, se decreta medida de embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte ejecutada ciudadano Adolfo Josué Corrales Salvatierra, cédula de identidad No. V-17.025.902, hasta cubrir la suma de QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 582.187,50), que comprende el total de la suma reclamada, siendo estas las siguientes cantidades: 1.- La suma de Quinientos Mil Bolívares con 00/100 (Bs. 500.000,00), suma líquida y exigible de la Letra de Cambio fundament.....