Por todo lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO interpuesta por el ciudadano CARLOS EDUARDO COLMENARES CARIEL contra la ciudadana NUBIRDE ELENA FLORES RUIZ, ambos identificados; y en consecuencia queda disuelto el vinculo Matrimonial que contrajeron en fecha 23 de Febrero de 1.983, por ante la Prefectura de la Parroquia Juan José Flores del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, según acta N° 49 de la referida fecha.