Por lo tanto, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley suspende la medida cautelar de embargo sobre:
1. Treinta y Un Mil Quinientas Acciones (31.500) propiedad del accionista Wilfredo Ramón Sandoval, en la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES DEMADAN,C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha12 de mayo de 1999, bajo el No.17, Tomo179-A.
2. Ciento Sesenta y Cuatro Mil Acciones (164.000) propiedad del accionista Wilfredo Ramón Sandoval, en la sociedad mercantil ESTACIÓN DE SERVICIO CAMPOALEGRE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 9 de Julio de 1993, bajo el No. 30, Tomo64-A, con última reforma ante el mismo Registro Merc.....