En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le concede la Ley, se declara incompetente en razón de la materia (objeto) para el tramite y decisión de la demanda por Prescripción Adquisitiva, interpuesta por la ciudadana Yusmila Yaritza Garrido Bernal, mediante su apoderada judicial abogada Jahaira Pérez Oviedo, contra los ciudadanos Valerio Antonio Hernández Sambrano y José Mercedes Sánchez, todos antes identificados.
En consecuencia, declina la competencia al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la población de Tucacas, con competencia en los Municipios Juan José Mora y Puerto Cabello del Estado Carabobo. Remítase el presente expediente una vez que transcurra el lapso .....