Dispositiva
En razón de lo antes expuesto, el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Único: Acuerda la suspensión condicional de la ejecución de la pena, a favor de la ciudadana ELIANA DEL CARMEN AILLÓN ZERPA (identificada en autos), por el lapso de un (01) año, siete (07) meses y catorce (14) días, contado a partir de la fecha de la firma del acta compromiso correspondiente.
El Tribunal le impone a la penada ELIANA DEL CARMEN AILLÓN ZERPA (identificada en autos) las siguientes obligaciones, las cuales son acumulativas y de obligatorio cumplimiento, dentro del lapso señalado; siendo de advertir, que el incumplimiento de una sola de las predichas obligaciones, acarrea la revocatoria de esta fórmula alternativa de cumplimiento de pena:
1.- No Salir del país sin autorización del Tribunal.
2.- Presenta.....