Por las razones anteriormente señaladas este Juzgado en Funciones de Ejecución N° 2, del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA CONCEDER EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado JHONATHAN JOSUE MENESES BUITRIAGO BUITRAGO, colombiano, mayor de edad, sin cédula de identidad, soltero, herrero, residenciado en el Barrio Campo de Oro, pasaje Dávila, casa número 02-49 Mérida Estado Mérida.