Decisión
En consecuencia, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 501 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda el RÉGIMEN ABIERTO a favor del penado JOSÉ GREGORIO QUINTERO MONTOYA, venezolano, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.959.208, domiciliado en el Barrio La Fría (Chama) N° 9-47, al lado de la Carnicería, Mérida Estado Mérida; régimen éste que será cumplido en el Centro de Tratamiento Comunitario LIC. PIEDAD LEONOR RODRÍGUEZ, ubicado en el Sector Vuelta de Lola de esta Ciudad. A tal efecto, el tribunal le impone las siguientes condiciones:
1.- Pernoctar en el Centro de Tratamiento Comunitario "Lic. Piedad Rodríguez" y cumplir con el horario de entrada y salida que rige en el mismo.
2.- Cumplir tod.....