En atención a lo anterior, ESTE TRIBUNAL MIXTO DE JUICIO N° 04 DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano JOHAN ALBERTO GARCÍA VALERO, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, nacido en fecha 22 de febrero de 1978, de veintiocho años de edad, titular de la Cédula de identidad N° 13.677.172, hijo de Alberto Ramón García y Olga Rosa Valero, de profesión ayudante de camionero, domiciliado en la Urbanización Páez, Sector 1, Calle 6, casa N° 04. El vigía Estado Mérida, de los hechos imputados por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Estado Mérida, Extensión El Vigía, y que califico como PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público. SEGUNDO: Se acuerda el c.....