Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, constituido como Tribunal Unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS; PRIMERO: Este Tribunal unipersonal, de las pruebas valoradas en el presente juicio oral y público, declara la inocencia y por ende la inculpabilidad del acusado de autos, al no demostrarse la acción del ciudadano JOSÉ ELADIO MONSALVE PUENTES, en los hechos, que fueron calificados por el Ministerio Público, como el delito de AMENAZAS, cometido en perjuicio de las ciudadanas MARÍA ANTONIA PUENTES RODRÍGUEZ y MARÍA CANDELARIA PUENTES DE MONSALVE. SEGUNDO: Este Tribunal Unipersonal, no determinó la culpabilidad del acusado de las pruebas recepcionadas en el presente juicio, por lo que DICTA SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor del acusado JOSÉ ELADIO MONSALVE PUENTES, al no demostrarse los hechos que, fueron ca.....