Este Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Se Condena al ciudadano ERLYS LEONARDO RODRIGUEZ PÉREZ, (ya identificado) a cumplir la pena de UN (01) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISION, como autor responsable del delito OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y artículos 2 y 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos. Segundo: Se impone al acusado de autos, la pena accesoria de inhabilitación política durante el tiempo de la condena artículo 16 del Código Penal. No se impone la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad por se "excesiva e ineficaz" conforme a la sentencia vinculante n° 135 del 21-02-2008, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Tercero: Se ordena la separación de la causa en lo que respecta a.....