En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, por considerar que concurren los requisitos previstos en el artículo 262 Numeral 2, en concordancia con el artículo 127, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA ORDEN DE APREHENSION, contra el Acusado LUIS MANUEL GUILLEN, Acusado en la presente Causa LP11-P-2010-001939 por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 451 concatenado con el artículo 453, numerales 3 y 5, ambos del Código Penal vigente, en perjuicio de la ciudadana NORAXIDA YUBISAY MORA RANGEL; a los solos y únicos efectos de que una vez aprehendido, sea presentado ante este Tribunal Cuarto en Funciones de Juicio dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a que se practique su detención, oportunidad a partir de la .....