´Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana María Elena Mujica Silva, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 12.858.182, asistida por la abogada María Elizabeth Escorcio Pereira, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº. 69.325.
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos María Elena Mujica y Nelson Vicente Márquez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V.- 7.915.951 y V.- 13.491.641, respectivamente, en fecha 30/10/1993, por ante el Registro Civil de la Parroquia U.....