Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la oposición de tercero a la medida de embargo preventiva decretada interpuesta dicha oposición por los ciudadanos LIGIA PASTORA MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 7.310.679, de este domicilio y LUIS DECARO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 177.181, de este domicilio, en el presente juicio de Cobro de Bolívares, intentado por la firma mercantil BAVARIA HOLLAND BEER, C.A. contra la firma mercantill COMERCIALIZADORA BAVARIA LARA, C.A. representada por la ciudadana LIGIA PASTORA GOMEZ MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 7.310.679, de este domicilio.
Se condena en costas a los terceros opositores, por haber resultado totalmente perdidosa en la present.....