Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Niega la entrega del vehículo con las siguientes características Ford, Modelo: Fortaleza, Color Plata y Rojo, Placas: 12CUAA, Año: 1999, Clase: Camioneta, Tipo: Pick up, Uso: Carga, Serial de Carrocería 8YTRF17L4X8A23687, solicitado por el ciudadano EDILIO REYES VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.126.771, por cuanto se hace imposible la individualización del bien con base al resultado de experticia de seriales que le fuese practicada. SEGUNDO: Se ordena la remisión al despacho de la Fiscalía Octava del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial la presente causa, a objeto de que se prosiga con la presente investigac.....