Primero: Declarar Parcialmente Con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano David Simón Castillo Mejías, titular de la cédula de identidad N° V6.449.388, abogado de profesión, actuando en su propio nombre, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 47.303 contra la Procuraduría del Estado Bolivariano de Miranda en fecha diecinueve (19) de Febrero de 2009, por ante el Juzgado Superior (Distribuidor) Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, recibido en este Tribunal el veinte (20) del mismo mes y año, quedando signado con el Nº 2008- 955.
Segundo: Dictar la sentencia escrita sin narrativa dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes, computados a partir del vencimiento del lapso de los cinco (5) días de despacho fijados para dictar el dispositivo del fallo, a tenor de lo previsto en los artículos 107 y 108 de la Ley del Estatuto de la Función Pública