DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal 10° de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN Y LAS PRUEBAS, en contra del ciudadano RONALD ENRIQUE MARCHAN, titular de la cédula de identidad Nº 16.769.540, presentadas por la Fiscalía del Ministerio Público por el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO previsto en el articulo 40 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al ciudadano: RONALD ENRIQUE MARCHAN, titular de la cédula de identidad Nº 16.769.540, por el por el lapso de de Un (01) Año, conforme al artículo 42, 43 del COPP. Se le impone las siguientes condiciones, las del artículo 44, numeral 1º.- Residir en un lugar determinado; la del ordinal 3º.- No consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas, ni abusar de bebidas alcohólicas, la .....