En virtud de los razonamientos antes expuestos este Tribunal declara su INCOMPETENCIA POR LA MATERIA, sobre la presente solicitud de Interdicción Civil, requerida por DANIEL ALONSO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-5.966.847 sobre el ciudadano CARLOS RADAMES GUILLERMO CARBALLO. Así pues y en virtud de lo antes expuesto, este Tribunal ordena remitir el presente expediente, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, a fin que el tribunal que resulte sorteado previa distribución, será quien en definitiva tendrán el conocimiento y decisión de la presente causa a los fines que sea nombrado un nuevo tutor al referido ciudadano por haber fallecido quien ejercía la función de tutora. Así se decide.
III
Por las razones y consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municip.....