DE LA DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE el recurso de hecho interpuesto el 13 de Julio de 2016, por la abogada IRENE GAMARDO MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.945, en su condición de apoderada judicial de la COMUNIDAD DE COPROPIETARIOS DEL EDIFICIO EL ALTORAL, en el juicio que por daño moral siguen los ciudadanos GLORIA YANET PEÑUELA DE LÓPEZ, GABRIELA LÓPEZ PEÑUELA y ALEJANDRO LÓPEZ PEÑUELA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.117.763, V-19.721.897 y V-17.589.486, respectivamente en su contra, conforme el marco legal determinado ut retro.
Dada, firmada, sellada y publicada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Noveno en l.....