De conformidad con lo establecido en el artículo 262, ordinales 2° y 5° del Código Orgánico Procesal penal, Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio No 4, en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REVOCA La medida cautelar de presentación impuesta al ciudadano JORGE LUIS VASQUEZ PEREZ, acusado por los delitos de LESIONES PERSONALES GRAVISIMAS, LESIONES PERSONALES GRAVES Y USO INDEBIDO DE ARMA DE REGLAMENTO, en contra de los ciudadanos MORILLO RODRIGUEZ RICHARD ENRIQUE Y MORILLO RODRIGUEZ JOSE ANTONIO y se ordena su reclusión en la sede de su comando, es decir en la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales, donde permanecerá hasta la celebración del Juicio oral Y Público. Notifíquese a las partes de la presente decisión.