En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada, ciudadanos Tomas Sánchez Ruiz y Eufemia Ramírez Carrero, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.562.791 y 10.903.166, respectivamente, en la persona de uno de cualesquiera de sus apoderados judiciales, abogados Lucio Atilio García, Loida García Iturbe, Petra Ruiz Tovar y José de la Paz García, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 5.563, 22.588, 97.963 y 97.964, respectivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense boletas de notificación. Cúmplase