Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso y establece como condiciones a cumplir por el ciudadano JESUS ANTONIO LOPEZ, venezolano, de 27 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 18.213.544, nacido en fecha 06-04-81, natural de Carúpano, Estado Sucre, de profesión u oficio obrero, residenciado en la llanada de Guiria, casa sin número, calle principal, parroquia San José de Areocuar, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, hijo de Diego González y Rosa María López, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 ordinal tercero del Código Penal, en perjuicio de NELSON MARÍN BERMÚDEZ, durante el plazo un (01) año, contado a partir de .....