este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes de los ciudadanos Luís Avelino Toledo Flores y Janett Apure Berrios, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.339.051 y V- 12.419.963 respectivamente, de conformidad con lo previsto en el penúltimo y último aparte del Artículo 185 del Código Civil.
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron dichos ciudadanos por ante la Jefatura Civil de Caricuao, del Distrito Capital, Municipio Libertador, en fecha 26 de enero del 2005, según se evidencia del Acta de matrimonio Nº 02, folio Nº 02 del Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 2005.-