Por las razones expuestas y de conformidad con las disposiciones legales invocadas, este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoada por el Abogado en ejercicio PEDRO RAFAEL GUILLEN HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.857, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano FREDDY REINALDO UTRERA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.846.106 y de este domicilio, se DECLARA RESUELTO EL CONTRATO VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, celebrado entre los ciudadanos PEDRO RAFAEL GUILLEN HERNÁNDEZ, quien actuó en nombre y representación del ciudadano JONNATHAN STYK DUARTE MARIN venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de i.....