Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada Yglenes Sánchez Velásquez, en su condición de Defensora Pública Vigésima Penal Ordinario, actuando en tal carácter del ciudadano Pedro José Crespo, contra el auto de fecha 02 de Octubre de 2013, mediante el cual el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, Impuso la Medida Privativa de Libertad en contra del referido ciudadano, por la presunta comisión del delito de Trafico Ilícito de sustancias, estupefacientes y psicotrópicas, en la modalidad de Transporte, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte, en concordancia con la agravante del articulo 163 numeral 7, ambos de la Ley Orgá.....