Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resolvió: PRIMERO: Este Tribunal ADMITE LA ACUSACION presentada por el Ministerio Publico, en contra del adolescente Acusado: IDENTIDAD OMITIDA, acusado por el DELITO(S): Violación, Previsto en el artículo 374 del Código Penal y Sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se Admiten las siguientes Pruebas suministradas por el Ministerio Público: Primero: -TESTIMONIO de La Ciudadana URE PIÑA CARMEN YUDITH, HERNANDEZ YUSMARY RAFAELA, y la adolescente IDENTIDAD OMITIDA. (VICTIMA). Segundo: TESTIMONIO de los EXPERTOS Funcionarios, MARIA MORENO, MADELYN OVIEDO, LEONARDO SATIZABAL, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, quienes realizaron EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO signada con el Número 9700-152-8050, de fecha 15-10-2009, acta de investigación de fecha 19-10-2009, y 9700-127-LB-938-09, de fecha 29-.....