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Decisiones del dia 01/12/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31V2015000178 N° Sentencia : Fecha: 01/12/2015
Procedimiento:
Cobro De Bolívares (Intimación)
Partes:
DIXON MANUEL BARRETO DE OLIVEIRA CONTRA PEDRO GALIGCIO RANGEL FERNÁNDEZ Y MIGDALIA AGUILAR DE RANGEL
Resumen:
DISPOSITIVA En fuerza al razonamiento anterior, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: FIRME Y CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA EL DECRETO INTIMATORIO dictado por este Tribunal en fecha 09 de marzo de 2015, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) sigue el ciudadano DIXON MANUEL BARRETO DE OLIVEIRA en contra de los ciudadanos PEDRO GALIGCIO RANGEL FERNANDEZ y MIGDALIA AGUILAR RANGEL, ambas partes debidamente identificadas en el presente fallo.- Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión.- Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas Los Cortijos de Lourdes, al primer (01) día del mes de diciembre del año dos mil quince (2015).- Años: 205° de la Independencia y 156.....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente : AP31S2015002150 N° Sentencia : Fecha: 01/12/2015
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
SOL CHACIN Y JOSE LEONCEDIS
Resumen:
Observa quien aquí decide, que efectivamente, tal y como lo señala el solicitante en su diligencia, este Tribunal omitió pronunciarse en el lapso de ocho (08) días de despacho, sobre las pruebas promovidas por el solicitante, razón por la cual, en aras de mantener el equilibrio procesal, el principio de igualad de las partes y, en obsequio a la justicia, este Tribunal, de conformidad con los artículos 12, 15 y 206 del Código de Procedimiento Civil, ANULA el auto dictado en fecha 21/09/2015, y, repone la causa al estado de admisión de las pruebas promovidas, las cuales deberán evacuarse en un lapso de cinco (05) días de despacho siguientes al de hoy. Cúmplase. LA JUEZ, ABG. FLOR DE MARIA BRICEÑO BAYONA LA SECRETARIA, IDALINA P. GONCALVES F. FDBB/IPG/Lisa*
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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